Publicado: 5 de Diciembre de 2019
La gran noticia de 2019 para los hombres que se han estrenado en la paternidad fue el incremento del permiso a 8 semanas. De cara a 2020 siguen las buenas noticias, y se producirá un nuevo aumento de 8 a 12 semanas. El objetivo de esta subida progresiva es equiparar la baja por paternidad con la de las mujeres, que actualmente disfrutan de 16 semanas. A continuación te contamos todas las novedades de las que debes estar pendiente.
El pasado 1 de abril entró en vigor la ampliación de 5 a 8 semanas del permiso de paternidad. Una buena noticia para los futuros padres, que sin duda será todavía mejor en 2020. A partir del próximo 1 de enero el período de baja ascenderá hasta las 12 semanas, y en 2021, a 16, equiparándose con el permiso por maternidad. De esta forma, España alcanzará la media de otros países europeos durante los próximos dos años y medio.
¿Cómo puedo disfrutar de mi permiso por paternidad siendo autónomo?
Las condiciones del período de baja por paternidad no varían en caso de que se trate de autónomos o trabajadores por cuenta ajena. De las 12 semanas de baja, el padre tiene obligación de frenar su actividad laboral durante las cuatro semanas siguientes al parto. Pasado este período, el padre podrá permanecer de baja otras 8 semanas. En el supuesto de que la madre ceda una parte de la suya, este tiempo podrá ampliarse 2 semanas más.
En caso de que prefieras no disfrutar las 8 semanas de forma seguida, puedes optar por descansar durante períodos semanales salteados a lo largo del primer año de vida del niño. Para ello tendrás que avisar con una antelación de 15 días a la empresa.
Por otro lado, tienes la alternativa de ejecutar la baja por paternidad a jornada completa o a media jornada, siempre llegando a un acuerdo previamente con tu empleador. Si eres autónomo, la cuantía de la prestación que recibirás durante el tiempo de baja equivale al total de la base reguladora, que suele corresponderse con la base de cotización mínima.
El pasado 1 de abril entró en vigor la ampliación de 5 a 8 semanas del permiso de paternidad. Una buena noticia para los futuros padres, que sin duda será todavía mejor en 2020. A partir del próximo 1 de enero el período de baja ascenderá hasta las 12 semanas, y en 2021, a 16, equiparándose con el permiso por maternidad. De esta forma, España alcanzará la media de otros países europeos durante los próximos dos años y medio.
¿Cómo
puedo disfrutar de mi permiso por paternidad siendo autónomo?
Las condiciones del período de baja por paternidad no varían en caso de que se trate de autónomos o trabajadores por cuenta ajena. De las 12 semanas de baja, el padre tiene obligación de frenar su actividad laboral durante las cuatro semanas siguientes al parto. Pasado este período, el padre podrá permanecer de baja otras 8 semanas. En el supuesto de que la madre ceda una parte de la suya, este tiempo podrá ampliarse 2 semanas más.
En
caso de que prefieras no disfrutar las 8 semanas de forma seguida,
puedes optar por descansar durante períodos semanales salteados a lo
largo del primer año de vida del niño. Para ello tendrás que
avisar con una antelación de 15 días a la empresa.
Por
otro lado, tienes la alternativa de ejecutar la baja por paternidad a
jornada completa o a media jornada, siempre llegando a un acuerdo
previamente con tu empleador. Si eres autónomo, la cuantía de la
prestación que recibirás durante el tiempo de baja equivale al
total de la base reguladora, que suele corresponderse con la base de
cotización mínima.
Permiso
paternidad 2020
¿Cómo
solicito mi permiso por paternidad?
Si eres un trabajador por cuenta propia y acabas de ser padre, estos son los diferentes pasos que debes llevar a cabo para solicitar la baja que te corresponde:
Comprueba que cumples los requisitos necesarios. Para tramitar esta concesión es necesario cumplir una serie de condiciones:
Estar dado de alta en la Seguridad Social y permanecer al corriente de pago. En caso de tener alguna deuda pendiente con Hacienda no podrás solicitar el permiso.
Notificar el nacimiento del bebé durante sus 15 primeros días de vida. Esta comunicación debe realizarse por escrito a través de cualquiera de estas vías: en el portal “Tu Seguridad Social” con DNI electrónico o certificado digital, presencialmente en una oficina de la Seguridad Social o mediante un asesor con la autorización correspondiente.
Haber cotizado un tiempo mínimo de 180 días durante los 7 años anteriores al período de la baja y 360 días a lo largo de tu vida laboral completa.
Recopila los siguientes documentos:
Documento Nacional de Identidad
Informe médico del parto
Libro de familia o certificación de inscripción del bebé en el Registro Civil
Modelo correspondiente de la Seguridad Social
Documento de situación de actividad que certifique tu función como autónomo
Número de cuenta al que quieres que llegue la cuantía de la prestación
Si te decantas por disfrutar del permiso alternando semanas necesitas completar el documento correspondiente de la Seguridad Social. En caso de que decidas solicitar el permiso a tiempo parcial, esta entidad pone a tu disposición un documento diferente para completar.
Cuando
hayas reunido toda la documentación tendrás que pedir cita previa
en la Seguridad Social para presentarlos.
Una vez la solicitud se haya tramitado, recibirás de forma física la resolución de la misma, que se enviará a tu domicilio. Una vez aprobada, contarás con el primer ingreso de la baja durante la segunda semana del mes siguiente al reconocimiento de la prestación.
¿Cuál será la cuantía de la prestación?
Igual que en el caso de los asalariados, los autónomos cobrarán el 100% de la base reguladora. Para calcularlo hay que dividir la base de cotización del mes previo al inicio de la baja entre el número de días especificados de cotización. Otro dato importante es que, durante el tiempo que dure la baja por paternidad, no tendrás obligación de abonar la cuota de autónomos. Tampoco tendrás que tributarla en el IRPF.
2020
comenzará con un avance en el camino para lograr la equidad con
respecto al permiso de maternidad. Si eres autónomo puedes
encontrarte con una dificultad añadida para disfrutar de la baja,
pues tendrías que delegar tu negocio durante el tiempo que tengas
que interrumpir tu actividad. Sin embargo, dispones de varias
alternativas con las que minimizar el impacto de tu cese temporal. El
objetivo: que disfrutes de tu hijo sin que el trabajo suponga un
hándicap.
¿Cómo solicito mi permiso por paternidad?
Si eres un trabajador por cuenta propia y acabas de ser padre, estos son los diferentes pasos que debes llevar a cabo para solicitar la baja que te corresponde:
Comprueba que cumples los requisitos necesarios. Para tramitar esta concesión es necesario cumplir una serie de condiciones:
Estar dado de alta en la Seguridad Social y permanecer al corriente de pago. En caso de tener alguna deuda pendiente con Hacienda no podrás solicitar el permiso.
Notificar el nacimiento del bebé durante sus 15 primeros días de vida. Esta comunicación debe realizarse por escrito a través de cualquiera de estas vías: en el portal “Tu Seguridad Social” con DNI electrónico o certificado digital, presencialmente en una oficina de la Seguridad Social o mediante un asesor con la autorización correspondiente.
Haber cotizado un tiempo mínimo de 180 días durante los 7 años anteriores al período de la baja y 360 días a lo largo de tu vida laboral completa
2 - Recopila los siguientes documentos:
Documento Nacional de Identidad
Informe médico del parto
Libro de familia o certificación de inscripción del bebé en el Registro Civil
Modelo correspondiente de la Seguridad Social
Documento de situación de actividad que certifique tu función como autónomo
Número de cuenta al que quieres que llegue la cuantía de la prestación
Si te decantas por disfrutar del permiso alternando semanas necesitas completar el documento correspondiente de la Seguridad Social. En caso de que decidas solicitar el permiso a tiempo parcial, esta entidad pone a tu disposición un documento diferente para completar.
3 - Cuando hayas reunido toda la documentación tendrás que pedir cita previa en la Seguridad Social para presentarlos.
4 - Una vez la solicitud se haya tramitado, recibirás de forma física la resolución de la misma, que se enviará a tu domicilio. Una vez aprobada, contarás con el primer ingreso de la baja durante la segunda semana del mes siguiente al reconocimiento de la prestación.
Cuál será la cuantía de la prestación?
Igual que en el caso de los asalariados, los autónomos cobrarán el 100% de la base reguladora. Para calcularlo hay que dividir la base de cotización del mes previo al inicio de la baja entre el número de días especificados de cotización. Otro dato importante es que, durante el tiempo que dure la baja por paternidad, no tendrás obligación de abonar la cuota de autónomos. Tampoco tendrás que tributarla en el IRPF.
2020 comenzará con un avance en el camino para lograr la equidad con respecto al permiso de maternidad. Si eres autónomo puedes encontrarte con una dificultad añadida para disfrutar de la baja, pues tendrías que delegar tu negocio durante el tiempo que tengas que interrumpir tu actividad. Sin embargo, dispones de varias alternativas con las que minimizar el impacto de tu cese temporal. El objetivo: que disfrutes de tu hijo sin que el trabajo suponga un hándicap.